Siempre que se respete el derecho a la intimidad de los trabajadores se podrá instalar una o varias cámaras de seguridad. Así se ha dictaminado en varios juicios y parece que está sentando jurisprudencia.
Para no tener problemas, lo ideal es hablarlo con los trabajadores o los representantes de estos. Si se explica que las cámaras están en el local para evitar robos y usos fraudulento de las instalaciones, lo normal es que los trabajadores lo acepten y así no haya que recurrir al juzgado.
Cualquier otro uso de las cámaras de seguridad que vaya más allá de la protección del local podrás ser sancionada. De hecho si se te pasa por la cabeza despedir a alguien por su comportamiento visto desde las cámaras de seguridad, el despidió podrá ser declarado nulo por un juez al justificar que se viola la intimidad de los trabajadores.
Por tanto, para instalar correctamente las cámaras de seguridad en un ambiente de trabajo, se deberá realizar un plan de instalación con los puntos sensibles donde se deberán colocar las cámaras para proteger el negocio y no para controlar a los trabajadores. El honor y la intimidad de los trabajadores estaría en juego en el momento que se utilicen las cámaras para controlar su trabajo y es lo que la ley estipula como ilegal y sancionable.
En resumen podemos decir que sí se pueden instalar cámaras de seguridad en una empresa siempre y cuando sea únicamente para evitar robos y entradas no autorizadas. Además esta instalación se deberá realizar con un plan de actuación y nunca se deberán utilizar como prueba para despedir a los trabajadores.